Una retrospectiva contemporánea 1987-2005
DERECHO HUMANOS Y LA LEY DE LA COCA EN BOLIVIA
En 1989 un juez de la Corte Suprema alemana, declaro que el derecho a la embriaguez entendido como la alteración de la conciencia, está entre los derechos humanos más esenciales que hacen al concepto de libre albedrío y voluntad del ser humano, por lo tanto el Estado no tiene la potestad de prohibir el consumo de sustancias que alteran la conciencia y el organismo humano. Esta opinión jurídica salia como respuesta a una preocupación que la sociedad civil alemana tenía cuando por primera vez en Europa se discutía la posibilidad de despenalizar el consumo de las drogas, como solución estructural al incremento del uso de las drogas en las sociedades modernas. Dicho de manera directa, el ser humano tiene el derecho a alterar su conciencia y su funcionamiento orgánico vía cualquier medio, natural o químico, mientras no afecte el derecho de otros a no hacerlo. Es en este contexto jurídico que el consumo de plantas medicinales como la coca es por extensión del derecho positivo moderno un derecho humano, como lo es también un derecho de uso y costumbre que deber ser universalmente respetado y garantizado por las legislaciones de los Estados contemporáneos.